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El Consejo Nacional de la Persona Adulta Mayor se crea en el artículo 34
de la Ley Integral para la Persona Adulta Mayor (Ley
N° 7935) del 25 de octubre de 1999.
Es
el órgano rector en materia de envejecimiento y vejez en Costa Rica, de
desconcentración máxima, adscrito a la Presidencia de la República y
con personería jurídica instrumental para cumplir con los fines y
funciones establecidos en la Ley N° 7935.
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